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ORDENACIÓN GENERAL DEL MISAL ROMANO

Traducción castellana de la "Editio typica tertia Missalis Romani" (2002)

CAPÍTULO I


IMPORTANCIA Y DIGNIDAD DE LA CELEBRACIÓN EUCARÍSTICA

16. La celebración de la Misa, como acción de Cristo y del pueblo de Dios ordenado jerárquicamente, es el centro de toda la vida cristiana para la Iglesia, universal y local, y para todos los fieles individualmen­te,22 ya que en ella se culmina la acción con que Dios santifica al mundo en Cristo, y el culto que los hombres tributan al Padre, adorándole por medio de Cristo, Hijo de Dios, en el Espíritu Santo.23 Además, de tal modo se recuerdan en ella los misterios de la Redención a lo largo del año, que, en cierto modo, se nos hacen presentes.24 Todas las demás acciones sagradas y cualesquiera obras de la vida cristiana se relacionan con ella, proceden de ella y a ella se ordenan.25

17. Es, por tanto, de sumo interés que de tal modo se ordene la celebración de la Misa o Cena del Señor que ministros sagrados y fieles, participando cada uno según su condición, reciban de ella con más ple­nitud los frutos26 para cuya consecución instituyó Cristo nuestro Señor el sacrificio eucarístico de su Cuerpo y Sangre y confió este sacrificio, como un memorial de su pasión y resurrección, a la Iglesia, su amada Esposa.27

18. Todo esto se podrá conseguir si, mirando a la naturaleza y demás circunstancias de cada asamblea litúrgica, toda la celebración se dispone de modo que favorezca la consciente, activa y plena participación de los fieles, es decir, esa participación de cuerpo y alma, ferviente de fe, esperanza y caridad, que es la que la Iglesia desea, la que reclama su misma naturaleza y a la que tiene derecho y deber, el pueblo cristiano, por fuerza del bautismo."

19. Aunque en algunas ocasiones no es posible la presencia y la activa participación de los fieles, cosas ambas que manifiestan mejor que ninguna otra la naturaleza eclesial de la acción Litúrgica," sin embargo, la celebración eucarística no pierde por ello su eficacia y dignidad, ya que es un acto de Cristo y de la Iglesia, en la que el sacerdote cumple su principal ministerio y obra siempre por la salvación del pueblo.

Se le recomienda, por eso, que celebre el sacrificio eucarístico, inclu­so diariamente, en cuanto sea posible."

20. Y, puesto que la celebración eucarística, como toda la Liturgia, se realiza por signos sensibles, con los que la fe se alimenta, se robustece y se expresa,31 se debe poner todo el esmero posible para que sean seleccionadas y ordenadas aquellas formas y elementos propuestos por la Iglesia que, según las circunstancias de personas y lugares, favorezcan más directamente la activa y plena participación de los fieles, y res­pondan mejor a su aprovechamiento espiritual.

21. De ahí que esta Ordenación general mire, por un lado, a exponer las directrices generales, según las cuales quede bien ordenada la cele­bración de la Eucaristía, y, por otro, a proponer las normas a las que habrá de acomodarse cada una de las formas de celebración."

22. Es de suma importancia la celebración de la Eucaristía en la Igle­sia particular.

En efecto, el Obispo diocesano, en cuanto primer dispensador de los misterios de Dios, es el moderador, promotor y custodio de toda la vida litúrgica en la Iglesia particular a él confiada." El misterio de la Iglesia se pone de manifiesto en las celebraciones que se realizan, presididas por él, sobre todo en la celebración eucarística que él realiza con la participación del presbiterio, los diáconos y el pueblo. Por eso, estas celebraciones solemnes de la Eucaristía han de ser ejemplares para toda la diócesis.

A él le corresponde procurar que los presbíteros, los diáconos y los fieles laicos consigan siempre una inteligencia profunda del genuino sentido de los ritos y de los textos litúrgicos y se vean de este modo atraídos hacia una consciente y fructuosa celebración de la Eucaristía.

Para conseguir este mismo fin, cuide de incrementar la dignidad de esas celebraciones, a lo cual contribuye no poco la belleza del lugar sagrado, de la música y del arte.

23. En esta Ordenación general y en el Ordinario de la Misa se expo­nen algunas acomodaciones y adaptaciones para que la celebración res­ponda más plenamente a las prescripciones y al espíritu de la sagrada liturgia, y aumente su eficacia pastoral.

24. Tales adaptaciones consisten, por lo general, en la elección de algunos ritos y textos, es decir, cantos, lecturas, oraciones, moniciones y gestos que mejor respondan a las necesidades, preparación e idiosin­crasia de los participantes y cuya aplicación corresponde al sacerdote celebrante. Recuerde, sin embargo, que él se halla al servicio de la sa­grada Liturgia y no le es lícito añadir, quitar, ni cambiar nada según su propio gusto en la celebración de la Misa."

25. Además, en el Misal se indican en su lugar algunas adaptaciones que competen, según la Constitución sobre la sagrada Liturgia, al Obis­po diocesano o a la Conferencia de los Obispos" (cf. nn. 387, 388-393).

26. Respecto a las variaciones y adaptaciones de más relieve, que sea preciso introducir para que la liturgia responda a las tradiciones e idiosincrasia de los pueblos y regiones, a tenor del artículo 40 de la Constitución de la Sagrada Liturgia, téngase en cuenta tanto lo que establece la Instrucción «Liturgia romana e inculturación»36, como lo expuesto más adelante (nn. 395-399).